sábado, 27 de julio de 2013

propiedad inmobiliaria


La copropiedad inmobiliaria está regulada de la ley 19.537 de diciembre de 1997.
Además, está regulada por el decreto número 46 del año 1998 y que vinieron a remplazar a la ley 6.071 sobre propiedad horizontal.
Los copropietarios tienen un derecho de propiedad absoluto y exclusivo respecto de la unidad y son comuneros respecto a los bienes de dominio común (artículo 3 de la ley copropiedad).
La propiedad individual va unida a la copropiedad porque por regla general los bienes de dominio común no pueden circular en forma independiente de la unidad, así se desprende del artículo 14 de la ley; este artículo dispone que los derechos de cada propietario en los bienes de dominio común son inseparables del derecho de dominio exclusivo sobre la unidad, por tanto, esos derechos se entenderán comprendidos en la transferencia de dominio, en el gravamen o en el embargo de la respectiva unidad.

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